VeriFactu se retrasa hasta 2028: ¿qué cambia para clínicas dentales y dentistas autónomos?

Si llevas una clínica dental, es bastante probable que durante los últimos dos años hayas escuchado el nombre VeriFactu más veces de las que te gustaría. Y también es bastante probable que cada vez que lo has escuchado, la fecha de entrada en vigor fuera diferente. Primero 2025, luego 2026, después 2027... y ahora, de nuevo, un nuevo cambio de calendario: VeriFactu se retrasa hasta 2028. Ayer, 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció un nuevo aplazamiento. Y con él llegó la confusión de siempre: algunos titulares decían que VeriFactu se retrasa, otros que directamente desaparece, y unos cuantos mezclaban VeriFactu con la factura electrónica como si fueran exactamente lo mismo.
No lo son. Y VeriFactu no ha desaparecido.
Vamos a ordenar qué ha ocurrido, qué está aprobado a día de hoy y qué significa todo esto si tienes una clínica dental o trabajas como profesional autónomo en el sector.
¿Qué ha anunciado exactamente Hacienda?
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda comunicó su intención de aplazar las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028. El motivo declarado es concreto: quiere hacer coincidir la entrada en vigor de VeriFactu con la de la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales con facturación anual inferior a 8 millones de euros.
La propia Agencia Tributaria ya refleja el anuncio en su página de Sistemas Informáticos de Facturación como una "Comunicación del Ministerio de Hacienda de 05/10/2026: Previsión de ampliación del plazo".
Fíjate en la palabra "previsión". Ahí está la clave de todo, y volvemos a ello enseguida.
¿VeriFactu se retrasa o desaparece?
Esta es la pregunta que circula hoy en redes y grupos del sector. La respuesta, a 6 de octubre de 2026, es clara: VeriFactu no ha desaparecido. Ha sido aplazado.
Hacienda no ha derogado el reglamento que regula el sistema ni ha anunciado su eliminación. Lo que ha anunciado es que pretende ampliar los plazos y coordinar VeriFactu con la factura electrónica en un marco técnico conjunto.
Lo que sí es correcto decir hoy
Hacienda ha anunciado un aplazamiento de VeriFactu hasta octubre de 2028.
El objetivo es coordinar ese sistema con la factura electrónica obligatoria.
El anuncio es oficial, pero todavía está pendiente de trasladarse a la normativa.
Lo que no es correcto decir hoy
VeriFactu ha sido eliminado.
Ya no habrá VeriFactu.
La nueva fecha oficial definitiva es octubre de 2028.
Y esto último importa mucho: el anuncio del 5 de octubre es una nota informativa del Ministerio, no un Real Decreto ni una modificación publicada en el BOE. Las fechas actualmente recogidas en la normativa vigente —aprobadas mediante el Real Decreto-ley 15/2025— siguen siendo:
1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (la mayoría de clínicas dentales constituidas como SL).
1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales, incluidos muchos autónomos del sector dental.
Eso cambiará cuando se apruebe la modificación normativa correspondiente. Hasta entonces, lo correcto es hablar de una intención oficial, no de una norma aprobada.
De 2025 a 2028: todos los cambios de calendario de VeriFactu
Para entender por qué tanta gente siente que VeriFactu no hace más que retrasarse, vale la pena ver la cronología completa. El calendario ha cambiado más veces de las que muchos recuerdan.
VeriFactu nació en diciembre de 2023 con una fecha de entrada en vigor en julio de 2025. Desde entonces el calendario se ha modificado tres veces. Cada vez con argumentos razonables. Y cada vez generando la misma sensación entre clínicas y autónomos: ¿cuándo es esto de verdad?
¿Por qué vuelve a cambiar la fecha?
La razón oficial tiene lógica si se explica bien.
El problema de fondo era este: la mayoría de pymes y autónomos iban a tener que hacer dos adaptaciones consecutivas de su software de facturación en un plazo muy corto.
Primero, adaptar el sistema para cumplir con VeriFactu en 2027.
Poco después, volver a adaptarlo para cumplir con la factura electrónica obligatoria, prevista para octubre de 2028 para la mayoría de autónomos y pequeñas empresas.
Eso significaba dos inversiones de tiempo y dinero, dos actualizaciones de software, dos procesos de formación. Pymes y autónomos lo habían denunciado públicamente: falta de información, costes crecientes y una doble transición que nadie había pedido. La ATA llevaba tiempo solicitando exactamente este movimiento.
Hacienda ha recogido ese argumento. En lugar de dos cambios seguidos, un único salto a octubre de 2028 que integre ambas obligaciones. En papel, tiene sentido.
VeriFactu y factura electrónica: no son lo mismo
Este es el punto de mayor confusión en los últimos días y conviene aclararlo bien.
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu —técnicamente, el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023— regula cómo debe funcionar el software que usas para generar facturas. Su objetivo es garantizar que los registros sean íntegros, trazables y no puedan manipularse ni eliminarse sin dejar rastro.
Dentro del reglamento existen dos modalidades:
VERI*FACTU: el sistema envía los registros de facturación automáticamente a la Agencia Tributaria en tiempo real.
NO VERI*FACTU: el sistema no los envía automáticamente, pero debe cumplir requisitos adicionales de seguridad y conservación.
Por eso es incorrecto afirmar que todos los autónomos estarán obligados a enviar todas sus facturas a Hacienda de forma automática. El reglamento contempla las dos modalidades.
¿Qué es la factura electrónica?
Es una obligación diferente. Afecta principalmente a las facturas intercambiadas entre empresarios y profesionales (relaciones B2B). En el sector dental, esto incluye situaciones como:
Un dentista autónomo que factura sus servicios a una clínica dental.
Un laboratorio dental que factura a una clínica.
Un proveedor de material odontológico que factura a una clínica.
Lo que no entra en esta obligación es la relación entre la clínica y el paciente particular. Eso es una relación B2C (empresa-consumidor) y no debe confundirse con la factura electrónica B2B que se está debatiendo.
¿Qué quiere hacer Hacienda?
Hacer que ambos sistemas —VeriFactu y factura electrónica— estén técnicamente coordinados y entren en vigor al mismo tiempo, en octubre de 2028. El mismo día 5 de octubre de 2026 también se publicó la Orden HAC/1028/2026 que regula la solución pública de facturación electrónica, que entró en vigor el 6 de octubre. Eso encaja directamente con el calendario que Hacienda está intentando construir.
¿Cómo afecta el nuevo retraso a las clínicas dentales?
Aquí está la parte más relevante para el día a día del sector. No todas las clínicas están en la misma situación, así que conviene distinguir.
Clínica dental constituida como sociedad limitada
La mayoría de clínicas dentales de cierto tamaño tributan por Impuesto sobre Sociedades. Con el calendario aprobado hasta ahora, este grupo tenía fecha límite el 1 de enero de 2027. Es el colectivo que más margen gana con el nuevo aplazamiento previsto: de enero 2027 a octubre 2028 hay casi dos años de diferencia.
Dentista autónomo
Un odontólogo que trabaja como profesional autónomo y utiliza un sistema informático para emitir facturas puede estar incluido en el ámbito del reglamento. Su plazo hasta ahora era el 1 de julio de 2027. Con el anuncio de ayer, ese horizonte se desplazaría también a octubre de 2028.
Higienistas y otros profesionales autónomos del sector dental
El reglamento no se limita a los dentistas. Cualquier profesional que desarrolle una actividad económica como autónomo y utilice un sistema informático para facturar puede estar incluido en estas obligaciones, dependiendo de su situación fiscal concreta. Por eso conviene hablar de "profesionales dentales autónomos" en general, no solo de odontólogos.
¿Y si los tratamientos están exentos de IVA?
Es una duda muy frecuente en el sector dental. Muchos tratamientos odontológicos están exentos de IVA por tener consideración de servicios sanitarios. Entonces, ¿queda la clínica fuera de VeriFactu?
La respuesta es: no necesariamente.
La exención de IVA en determinados servicios sanitarios y las obligaciones sobre sistemas informáticos de facturación son cuestiones distintas. Que una prestación sanitaria esté exenta de IVA no implica automáticamente que el profesional o la clínica quede fuera del ámbito del reglamento.
La aplicación concreta depende de la forma jurídica, el régimen fiscal y el sistema de facturación utilizado por cada caso particular. Ante cualquier duda específica, lo más sensato es consultarlo con la asesoría fiscal.
¿Qué debería hacer ahora una clínica dental?
Ni correr a implantar VeriFactu de urgencia ni olvidarse del tema hasta 2028. La respuesta razonable está en un punto intermedio.
1. No entrar en pánico con el calendario de 2027
Hacienda ha anunciado oficialmente que pretende ampliar ese plazo. La presión de adaptarse antes del 1 de enero de 2027 queda, en la práctica, muy rebajada mientras se espera la modificación normativa definitiva.
2. Esperar a que el anuncio se convierta en norma
Lo relevante ahora es cuándo y cómo se aprueba el texto normativo que traslade el anuncio del 5 de octubre a un nuevo calendario oficial. Hay que estar atentos a:
La fecha exacta que apruebe la nueva norma.
Los posibles cambios técnicos en los requisitos del reglamento.
Cómo quedará la relación entre VeriFactu y la factura electrónica en el nuevo marco.
3. Hablar con el proveedor del software de gestión de la clínica
Especialmente si ya se había empezado a adaptar el sistema. Las preguntas razonables en este momento:
¿Nuestro software ya estaba adaptado o en proceso?
¿Qué cambia con el nuevo anuncio?
¿Cómo gestionará el sistema la futura factura electrónica?
¿Se integrarán ambos en una sola actualización?
4. No interpretar el aplazamiento como el fin de la digitalización
Según recoge Xataka, el reglamento exige preservar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Esa dirección no cambia con el nuevo anuncio. La fecha se retrasa; las obligaciones no desaparecen.
¿Qué pasa si tu clínica ya se había preparado para VeriFactu?
Algunas clínicas ya habían invertido tiempo y dinero en adaptar su software. La pregunta lógica es si ese esfuerzo ha sido en vano.
Probablemente no. El periodo previo a la obligatoriedad ha funcionado como un periodo de pruebas voluntario. La propia AEAT indica que antes de la entrada obligatoria pueden utilizarse sistemas VeriFactu en modo prueba sin que exista obligación de continuar utilizándolos en esas condiciones.
Además, muchos de los requisitos de trazabilidad y digitalización ya implementados serán aprovechables en el modelo futuro que Hacienda pretende construir. Es muy probable que el trabajo hecho no sea tiempo perdido, sino una ventaja de partida cuando llegue la obligatoriedad definitiva.
¿Cuándo entrará finalmente VeriFactu en vigor?
La respuesta honesta hoy, 6 de octubre de 2026, es: no lo sabemos con certeza.
Lo que sí sabemos:
Hacienda ha anunciado octubre de 2028 como nuevo horizonte previsto.
Ese anuncio es oficial pero todavía no está incorporado a la normativa.
Mientras no se publique la modificación en el BOE, las fechas vigentes siguen siendo enero y julio de 2027.
El nuevo anuncio da más tiempo a clínicas y profesionales, pero no cambia la dirección hacia la que avanza la facturación en España. VeriFactu no ha sido cancelado y la factura electrónica tampoco. Lo que Hacienda pretende ahora es evitar dos adaptaciones consecutivas y hacer que ambos sistemas evolucionen conjuntamente.
Para las clínicas dentales, el mensaje no es "olvídate de VeriFactu", sino "el calendario ha vuelto a cambiar". El siguiente paso será conocer la norma definitiva y comprobar cómo se integrarán ambos sistemas.
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Preguntas frecuentes sobre VeriFactu para clínicas dentales
¿VeriFactu ha sido cancelado? No. Hacienda ha anunciado un aplazamiento y una futura convergencia con la factura electrónica, pero el reglamento sigue vigente y las obligaciones no han desaparecido.
¿Cuándo entrará VeriFactu en vigor para una clínica dental? El Ministerio ha anunciado octubre de 2028 como nuevo horizonte previsto, pero la modificación normativa todavía no se ha publicado. Mientras tanto, las fechas aprobadas en la normativa vigente son enero de 2027 para sociedades y julio de 2027 para el resto.
¿Afecta VeriFactu a los dentistas autónomos? Con carácter general, los profesionales que desarrollan actividades económicas y utilizan sistemas informáticos de facturación pueden estar incluidos en el reglamento. La aplicación concreta depende de cada situación fiscal particular.
¿Una clínica dental queda exenta de VeriFactu porque sus tratamientos no llevan IVA? No necesariamente. La exención de IVA en determinados servicios sanitarios y las obligaciones sobre sistemas informáticos de facturación son cuestiones distintas. Conviene verificarlo con la asesoría fiscal en cada caso concreto.
¿VeriFactu y factura electrónica son lo mismo? No. VeriFactu regula cómo debe funcionar el software de facturación para garantizar trazabilidad e inalterabilidad de los registros. La factura electrónica afecta principalmente a facturas entre empresarios y profesionales (B2B). Hacienda pretende ahora coordinar ambos sistemas en un mismo calendario.
¿Debo cambiar ahora el software de mi clínica dental? No es urgente en este momento. Lo más razonable es esperar a que se publique la modificación normativa definitiva, consultar con el proveedor del software y con la asesoría fiscal para valorar la situación concreta de la clínica.